VIGILAR Y CASTIGAR
MICHEL FOUCALT
El texto vigilar y castigar se divide en cuatro partes Suplicio, Castigo, disciplina y prisión. En la primera de ellas, Suplicio encontramos una narración, muy detallada por cierto, enmarcada en los tormentos que tuvo que sufrir un condenado a muerte en la cual fue brutalmente torturado y descuartizado. Se decía de él que era una persona calumniadora e insultante pero lo único que salía de su boca eran gritos de dolor y de solicitud de perdón a Dios, lo cual hizo hasta su muerte. Luego de esto, Foucalt nos detalla las normas y reglas que deben seguir quienes son condenados a la cárcel de París. Citando como debían ser sus hábitos, costumbres de higiene, de trabajo, etc. Empieza asimismo, una disertación sobre como las cárceles no realizan una sanción de los delitos de forma independiente sino que se tiende a generalizar llamándola economía del castigo. En la cual el indiciado comete una falta y es castigado en el tiempo pero con la misma sanción que a los demás y cumpliendo los mismos requerimientos. Sin embargo, se vislumbra un lado positivo de la vida carcelaria en la cual desaparecen paulatinamente los suplicios, aún cuando, en este momento histórico se asumen como castigos menos físicos, es decir, pasan a ser más sutiles. Con el pasar del tiempo desaparece el show que ofrecía el exponer al condenado o al muerto al escarnio público, en otras palabras, la medida que asumía el gobierno para dar ejemplo del castigo que sufría quien no cumpliera la ley desaparece poco a poco. Esto debido en parte a que el gobierno considera que el castigo debe ser la parte más oculta del proceso penal, ya que anima a la multitud a ser más violenta o se puede caer en el error de simpatizar al delincuente con el público que admira la ejecución. Entonces históricamente, siglos XVIII e inicios del XIX, empieza a desplazarse el sufrimiento físico público por una tecnología del dolor en la cual se empieza a experimentar con instrumentos y aparatos para tal fin. No obstante, se disimula el cuerpo supliciado y se excluye el castigo en público, pero esta se sigue retomando de forma más disimulada y en privado. Durante los primeros años del siglo XIX se notan otros cambios en los cuales muchos delitos dejan de serlo, por ejemplo ya no es delito la blasfemia, la injuria y el robo doméstico pierde la gravedad que antes revestía. Es así como se piensa que el objeto de la penalidad ya no es el cuerpo sino el alma, en el cual el castigo actúe con profundidad sobre el corazón, el pensamiento y la voluntad. Ya que su alma no puede invocar o suplicar en los tribunales. Entonces cambia la función del juez en tanto que la infracción ya no es sobre lo hecho sino sobre lo que es el individuo. Asimismo, surgió el planteamiento de declarar inocente a un criminal si se le comprobaba que estaba loco, ya que el delito desaparecía si se le declaraba la locura por no poder seguir un juicio. Y entonces se le confinaba a una cárcel más para cuidarlo que para castigarlo. Pero de esa posibilidad penal se desglosaban varias instancias de jueces paralelos, los psiquiatras, los psicólogos, los magistrados, etc. quienes se dividían el poder legal de castigar. Ellos ilustraban la decisión final de los jueces. Y este a su vez decidía si el indiciado era peligroso, merece o no a condena, etc.
En la resonancia de los suplicios, se retoma la forma como era asumida la práctica penal en el siglo XVII. En la cual se jerarquizaban los castigos los cuales iban desde la misma muerte, el tormento, el látigo, el destierro, etc. Detallando uno a uno los castigos. Aunque por otro lado, el autor insiste en que no necesariamente era alto el número de condenados a castigos tan penosos, aseverando que el destierro era el castigo que representaba a mitad de esas penas y que el suplicio manifestaba gran parte de la misma. Esta debía generar en el condenado sufrimiento, debe responder a un ritual y debe ser comprobado como un triunfo ante los demás en tanto que es la justicia quien la impone. Por otro lado, el procedimiento criminal se mantenía en secreto, para el público y para el propio acusado. Para este era imposible saber quien lo acusaba, quienes eran los testigos, defenderse, etc. En otras palabras, la justicia penal de ese entonces, es una máquina que produce la verdad en ausencia del acusado. Y si se podía hacer “confesar” al condenado esto se convertía en verdad viva. Y se buscaba a toda costa tenerla bajo todo tipo de coacciones y presiones. Es aquí donde cobraba importancia el uso de cualquier medio para obtener dicha confesión, como la tortura y el tormento como suplicio de verdad. Obteniendo como resultado un doble riesgo que se debía asumir, que el acusado resista y no confiese y que el juez se vea obligado a desistir de los cargos o que la tortura haga confesar al indiciado y se demuestre que la justicia ha ganado. Es a través de la tortura que esta se convierte en un instrumento que decide si el paciente es culpable y es la forma según la época de búsqueda de esa verdad. Y también como el castigo confiere al soberano un poder absoluto y especial, un derecho del soberano desde el cual hace cumplir la ley.
El segundo capítulo denominado el Castigo se subdivide a su vez en castigo generalizado y benignidad de las penas. En el primero se inicia comentando la indignación, casi general, que ha producido hasta la mitad del siglo XVIII el hecho de que exista el suplicio para castigar el delito. Es por eso que se empezó a pensar en hacerlo de otra manera. Llegándose a definirla como la posibilidad de que “la justicia criminal en lugar de vengarse, castigue al fin”. Más adelante, en el siglo XIX, se la concebiría como “la intervención penal que pretende corregir y transformar”. Sin embargo, en contraposición a este alivianamiento penal los índices de criminalidad de sangre descendieron y se dio paso a un índice de control de los impulsos violentos, llamado también suavizamiento de los crímenes. Algunos la llaman “paso de la criminalidad de sangre a delincuencia de fraude”. No significó esto que se redujera la delincuencia sino que ésta sería combatida sin el uso de la violencia o castigos anteriormente usados. Finalmente lo que se quiere lograr es atacar la justicia tradicional llena de exceso de castigos unidos a un abuso de poder. Aunque por otro lado el verdadero objeto de estas reformas no es fundar un nuevo derecho de castigar sino asegurar una mejor distribución de este poder, que sea un poco más equitativo, en la cual el poder de juzgar no dependiera de los privilegios del ser soberano sino de la fuerza pública. Este derecho de la práctica penal cotidiana advierte una estrategia del poder de castigar con objetivos claros que hacen del castigo y de la represión una función más compleja, es decir no castigar menos sino castigar mejor. Pero en la 2ª. Mitad del s. XVIII se observan condiciones inversas. El blanco del crimen no solo es la clase alta sino la clase popular en donde se atenta contra los bienes de la clase granjera y artesanal. Y lo que facilita esta modalidad delictiva es un conjunto de tolerancias entre las cuales están los derechos adquiridos por la situación económica imperante que obligaba a la gente recoger lo que había de lo que dejaban las clases más favorecidas y la aceptación moral que esto conlleva. De otro lado, se empieza a manejar y considerar al acusado inocente hasta su condena eventual, contrariamente al manejo anterior en donde el acusado no tenía derechos, el juez debía ser justo entre ellos y la sociedad, las leyes determinadas de la misma manera. En conclusión, la razón de ser de la reforma penal del siglo XVIII era constituir una nueva economía y una nueva tecnología del poder de castigar. En la segunda parte del capítulo de Castigo, La benignidad de las penas, se manejan ideas tales que permitan a la justicia penal convertir en improbables las ganas de ejecutar una acción ilícita en el pueblo a través de una serie de castigos de acuerdo con el delito. Para lo cual deben establecerse condiciones como evitar la arbitrariedad en donde el castigo impuesto sea trasparente al crimen que se sanciona. Es decir, que por ejemplo si se fue atroz en el crimen el castigo será de igual magnitud y así sucesivamente. Asimismo, el estado debe por todos los medios disminuir el deseo que hace atractivo el delito, aumentando el miedo que convierte la pena en algo temible al posible infractor, haciendo ver más desventajas que ventajas o placer a la hora de cometer un delito. También se pensó en que las penas o castigos deberían tener una modulación temporal. Esto es que a los delitos cometidos deben dárseles castigos o suplicios a un término definido. Con excepción del de la pena de muerte para traidores y asesinos, todas las penas manejarían un periodo de 20 años máximo. De otro lado, se precisó que la pena es un mecanismo que afecta a toda una sociedad, en la medida que estos castigos son considerados como una retribución que el culpable hace a sus conciudadanos por el crimen que los ha perjudicado. En esa misma idea surge la intención de mostrar el castigo no como presencia del soberano sino como el concepto de hacer visible la existencia de leyes y normas de convivencia. En la cual no se dé lugar a la mentalidad de ver al criminal como un héroe sino como alguien que está quebrantando el orden impuesto y está faltando a la ley. En resumen a finales del siglo XVIII se muestran varias maneras de organizar el poder de castigar, entre ellas, los conceptos de una práctica penal conducente a la prevención, a la corrección, a tratar al individuo como un ser con derechos.
En el capítulo sobre Disciplina, la primera parte denominada Los cuerpos dóciles empieza haciendo una descripción muy detallada sobre cómo era el soldado del siglo XVII y XVIII en torno a su fisonomía, apariencia, modos de ser y actuar, disposición para el oficio y las diferencias entre uno y otro. Esta comparación se hace debido a que cobra gran importancia el cuerpo como objeto de poder, ya que este es susceptible de formarse, educarse, obedecer, volverse dócil en determinado momento y ser sometido hasta ser transformado. Para este objetivo se impone una relación de docilidad utilidad llamada disciplina. La cual durante estos dos siglos adquirió la connotación de dominación. Aunque esta es entendida como un arte propia del cuerpo humano con la cual hacerlo más obediente y útil. Esa disciplina que se ejerce sobre los cuerpos les permitirá ser más dóciles para poder ser sometidos y perfeccionados. De ahí también se derivarán más posibilidades que son aprehendidas en la educación cristiana por ejemplo, en la pedagogía escolar y militar y en general en cualquier disciplina que encauce la conducta. Pero para ello se emplean técnicas como la clausura, que no es otra cosa que el encierro sobre sí mismo, en el cual se imponen modelos como los conventos y los internados en el caso de las disciplinas educativas. Los cuarteles en el caso del modelo militar, las prisiones en el caso del modelo penal, etc. De igual forma se impone la localización elemental o división en zonas, es decir cada uno en su lugar. Para así evitar las pluralidades confusas y así poder vigilar la conducta de cada cual. También existen los emplazamientos funcionales en los cuales se destina un espacio determinado para responder a la necesidad de vigilar, de romper las comunicaciones peligrosas, ejemplo de ello los lugares destinados para vigiar en los puestos militares o médicos. Sin embargo, para que se ejerza esa disciplina con más férrea coerción es necesario definir el lugar que cada uno ocupa en una serie o clasificación, denominada rango. En resumidas cuentas de lo que se trata es de organizar el poder, de procurar una forma de recorrerlo y dominarlo y de imponer un orden definido. Por otro lado se habla de cómo controlar dichas actividades para lo cual se dispusieron una serie de fórmulas como el empleo del tiempo, es decir, el establecimiento de ritmos, la regulación de los ciclos de repetición de dichas actividades, etc. En esto último coincidieron mucho en estamentos como colegios, talleres, hospitales, etc. Para esto se buscaba tener un control de los tiempos empleados por los individuos y la calidad del trabajo ejecutado para que el rendimiento y los resultados fueran óptimos. No sin dejar de lado que un principio que era subyacente en el manejo del tiempo era no derrochar el tiempo ni usarlo en cosas inoficiosas. De la misma forma, se tenía en cuenta la correlación entre cuerpo y gesto. Esto es que se debe tener cuidado entre lo que se está ejecutando o el oficio que se está haciendo y la actitud o postura que se asuma para que la actividad sea realizada eficazmente. Pues la política era que un cuerpo disciplinado es el apoyo de un gesto eficaz.
Con relación a la organización de las génesis el autor nos transporta a la organización de una escuela. Para ello, el gobierno le encargaba a un maestro en determinada arte una cantidad de niños con diferentes condiciones de aprendizaje para que al final del proceso y siguiendo una serie de rutinas se tuviera un producto definido. Todo esto con el fin de mostrar como el desarrollo de una técnica debe ocuparse de asegurar y poner en práctica las condiciones anteriormente descritas. Otro ejemplo de esto es la organización militar en la que se divide la formación en segmentos con un tiempo determinado, organizando las actividades en un esquema preciso de forma tal que se indique si el sujeto alcanzó el nivel solicitado.
En la segunda parte del capítulo Disciplina denominada Los Medios del buen encauzamiento se analiza como al ejercerse un buen poder disciplinario se puede encauzar una buena conducta en el individuo. Dicho esto se puede afirmar que la disciplina fabrica individuos y es con ayuda de instrumentos simples como la inspección jerárquica, la sanción normalizadora y el examen que se puede lograr. En primer lugar, la vigilancia jerárquica hace referencia a que para un buen ejercicio de la disciplina se debe basar en la inspección y observación constante que se haga del individuo ya que esto le permite un control sobre su conducta y así conocerlo de cerca, es además gracias a esta técnica que se puede ejercer poder y dominio sobre el cuerpo sin recurrir a la fuerza y a la violencia. En segundo lugar, encontramos la Sanción Normalizadora que nos lleva a recordar como a cada acto negativo o prohibido en la conducta del individuo, por más pequeño que este sea, siempre se deriva un castigo o sanción con tal de contribuir a su disciplina, siempre y cuando este guarde relación con un reglamento específico. De todos modos se debe tener en cuenta que el castigo en la disciplina tiene como finalidad reducir las desviaciones o mejor corregir las conductas negativas del individuo. También se hace una comparación con el uso de estos métodos en la escuela en los cuales se los nomina como el encauzamiento hacia una buena conducta siempre y cuando el maestro haga uso de más estímulos y recompensas que de castigos. Finalmente, encontramos el Examen que combina las técnicas de la jerarquía que vigile y las de la sanción que normaliza. Esto es que luego de realizar la inspección y vigilancia necesarias se puede establecer una calificación y en lo posible un castigo o recompensa. He aquí una visión más clara del ejercicio del poder que lleva consigo el examen ya que este le confiere al poder un panorama más claro del individuo para que no exista arbitrariedad en el uso del castigo conferido.
Para la tercera parte llamada Panoptismo el cual hace referencia a la combinación de los tres elementos: la vigilancia, el control y la corrección sobre los individuos organizada a través de una red de instituciones en el cual dicha vigilancia se apoya en todo un sistema de registro permanente, edad, sexo, nombre, etc. Convirtiéndose así en la posibilidad que le brinda al “poder” ejercer un control más estricto sobre el individuo para aumentar la producción, desarrollar la economía, difundir mejor la instrucción, en fin hacer crecer y multiplicar lo que se quiere del individuo vigilado. Es por ello, que para que sea más eficaz este modelo se debe tener a la mano una serie de instrumentos de vigilancia permanente, exhaustiva, omnipresente, capaz de hacerlo todo visible, pero con la condición de ser ella misma invisible al individuo. Asumida de esta forma la disciplina se la concibe como un tipo de “poder” ejercido con todo un conjunto de instrumentos, técnicas, procedimientos, niveles de aplicación, metas necesarias para la consecución de la sumisión y dominio del individuo.
En el último capítulo “Prisión” se nos muestran tres partes a saber: Unas instituciones completas y austeras, Ilegalismos y delincuencia y lo carcelario. En la primera, se afirma que la prisión es una forma muy reciente de uso penal, básicamente desde los siglos XVIII y XIX. Convirtiéndose en la forma exterior del aparato judicial con o cual se proponía educar el cuerpo del individuo, dominar su comportamiento, mantenerlo visible, para observarlo y poder controlarlo como una forma de poder sobre él. Es por esta razón que es evidente la relación prisión castigo que se estableció desde esa época notándose algunas ventajas respecto de otras formas de pena ya que al privársele de la libertad a un individuo se está protegiendo a toda una sociedad, al igual que la prisión se vislumbra como el lugar perfecto para cuantificar el tiempo como variable de medición en el castigo a un individuo, también se convierte en el aparato o instrumento para transformar al individuo y someterlo a una disciplina y a una mejoría en su conducta. Es por esto que la prisión cumple con el objetivo de ejercer un sometimiento y una posible educación al individuo ya que además cumple con una serie de principios como el aislamiento del condenado garantizando así que no se ejerza influencia de otro ente que pueda afectar su comportamiento, el trabajo que el individuo cumpla como condenado cumple una función relevante pues le permite asumir una conducta transformadora ya que le permite seguir reglas, la modulación de la pena le permite cuantificar y graduar su pena teniendo en cuenta los expertos que le rodeen en tanto que son sus juicios los que le permitirán al individuo condenado modular e incluso acortar su pena. Es en este punto que la prisión se convierte en un instrumento eficaz para observar y vigilar la conducta del individuo y así aportarle para modificar, transformar y hasta normalizar su alma. en ciertos momentos el autor realiza críticas al concepto de prisión en tanto que estas no contribuyen a disminuir la tasa de criminalidad, al igual que en muchas ocasiones provoca reincidencia en los hechos o delitos e incluso se convierte en una fábrica de delincuentes haciendo que se involucre de esa maldad a veces hasta la misma familia. Sin embargo, la prisión o detención penal debería cumplir con una serie de funciones como son el de servir de transformación del comportamiento del individuo, la readaptación del condenado a la sociedad, el desarrollo de las penas debe modificarse de acuerdo con la individualidad del condenado, el trabajo debe ser elemento indispensable en su resocialización, así como su educación dentro de la misma procurando que quienes estén actuando como mediadores y controladores de ella posean capacidad moral y técnica para procurar una buena formación del individuo, entre otras funciones. Finalmente se aprecia como desde quienes tienen el poder durante la época se percibe como estos modelos permitían encausar la conducta del individuo en donde los jefes se convierten en técnicos del comportamiento que fabrican cuerpos dóciles y capaces a su vez de realizar trabajos específicos acompañados de una observación permanente para obtener individuos sumisos y obedientes. Además la prisión es el lugar en el cual actúan las primeras sanciones y su función que no sería solo la de castigar sino que sería similar a la de curar o educar, convirtiéndose además en el instrumento para la formación que el poder necesita haciendo a su vez que otras disciplinas se acomoden a esta forma específica de ejercer el poder.
ELABORADO POR:
OSCAR JAVIER CUELLAR GRANADOS
GRUPO 15 UDES
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